- Perdón de las deudas
- 1
- Cada siete años perdonarás las deudas.
- 2
- Lo harás del siguiente modo: cuando se proclame el perdón de las deudas en honor del Señor, todo el que haya hecho un préstamo a su prójimo o a su hermano, le perdonará la deuda y no se la reclamará más.
- 3
- Podrás reclamar el pago de la deuda al forastero, pero perdonarás la deuda que tengas contraída con tu hermano.
- 4
- Así no habrá mendigos entre los tuyos, ya que el Señor te colmará de bendiciones en la tierra que el Señor tu Dios te va a dar en herencia para que la poseas,
- 5
- siempre y cuando obedezcas al Señor tu Dios y cumplas cada uno de los mandamientos que yo te prescribo hoy.
- 6
- El Señor tu Dios te bendecirá, tal como te lo ha prometido;
podrás prestar a muchas naciones, pero tú no tendrás que pedir prestado; dominarás a muchos pueblos, pero ninguno te dominará a ti.
- 7
- Cuando en alguna de las ciudades de la tierra que el Señor tu Dios te va a dar veas a algún pobre entre los tuyos, no seas inhumano negando tu ayuda a ese hermano necesitado;
- 8
- al contrario, tiéndele la mano y préstale lo que necesite para remediar su penuria.
- 9
- Y que no se te pase por la mente el perverso pensamiento de poner mala cara a tu hermano necesitado y no prestarle nada ya que se acerca el año séptimo, año de perdonar las deudas.
Él podría clamar al Señor contra ti y te harías culpable de pecado.
- 10
- Debes prestarle, y además sin mezquindad;
así el Señor tu Dios bendecirá todos tus trabajos y todo lo que emprendas.
- 11
- Nunca dejará de haber pobres en esta tierra;
por eso te mando que abras generosamente la mano a tu hermano, al pobre y al indigente de tu tierra.
Leyes relativas a los esclavos (Ex 21,1-11)
- 12
- Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti como esclavo y te sirve durante seis años, en el séptimo año lo dejarás libre.
- 13
- Y cuando lo liberes no lo dejarás marchar con las manos vacías,
- 14
- sino que le darás generosamente de aquello con lo que el Señor tu Dios te haya bendecido: de tu ganado, de tu era o de tu lagar.
- 15
- Recuerda que fuiste esclavo en Egipto y que el Señor tu Dios te liberó;
por eso te ordeno esto hoy.
- 16
- Pero si ese esclavo te dice: “No quiero irme de tu lado”, porque se ha encariñado de ti y de tu familia y porque contigo se encuentra a gusto,
- 17
- entonces con un punzón le perforarás el lóbulo de la oreja contra la puerta, y así se convertirá en tu esclavo de por vida.
Lo mismo harás si se trata de tu esclava.
- 18
- No te pese dejar en libertad a tu esclavo, porque te sirvió durante seis años por la mitad de lo que habrías pagado a un jornalero;
y, además, el Señor tu Dios bendecirá cuanto hagas.
Los animales primogénitos
- 19
- Todo primogénito macho que nazca de tus vacas o de tus ovejas lo consagrarás al Señor tu Dios.
No utilizarás para trabajar al primogénito de tus vacas, ni esquilarás al primogénito de tus ovejas,
- 20
- sino que cada año, tú y tu familia lo comeréis en presencia del Señor tu Dios, en el lugar que él haya escogido.
- 21
- Pero si el animal tiene algún defecto: es cojo, ciego o tiene cualquier otra falta, no lo presentarás en sacrificio al Señor tu Dios.
- 22
- En tal caso, lo comerás en tu ciudad, igual que si se tratase de gacela o ciervo;
y lo podrá comer tanto el puro como el impuro.
- 23
- Pero la sangre no la comerás, la derramarás en tierra, como el agua.
|