- Leyes relativas al divorcio
- 1
- Si un hombre se casa con una mujer, pero después le toma aversión por haber encontrado en ella algo censurable;
podrá escribirle un acta de divorcio, entregársela en mano y con ella echarla de su casa.
- 2
- Una vez fuera de la casa, ella podrá casarse con otro hombre.
- 3
- Pero si el segundo marido también le toma aversión y, redactando un acta de divorcio, se la entrega en mano y la echa de su casa, o si muere este segundo marido,
- 4
- el primer marido, que la había echado de su casa, no podrá casarse con ella de nuevo, puesto que ahora ella es impura.
Hacer eso sería algo abominable para el Señor, y tú no debes corromper la tierra que el Señor tu Dios te da en herencia.
Leyes humanitarias y sociales
- 5
- Si un hombre está recién casado, no tendrá que ir a la guerra ni se le impondrán otros deberes;
quedará libre de cualquier servicio durante un año. Que se quede en casa para hacer feliz a su mujer.
- 6
- No tomarás en prenda de una deuda las dos piedras de un molino, ni siquiera la muela, porque eso sería lo mismo que tomar en prenda la vida de su dueño.
- 7
- Si se descubre que alguien ha raptado a uno de sus hermanos israelitas, para convertirlo en esclavo o para venderlo, el secuestrador ha de morir.
Así extirparás el mal de en medio de ti.
- 8
- En caso de infección de la piel, observad minuciosamente todas las instrucciones que os den los sacerdotes levitas y seguid al pie de la letra todo lo que yo les he ordenado.
- 9
- Recuerda lo que el Señor tu Dios hizo con María cuando ibais de camino al salir de Egipto.
- 10
- Si le prestas a tu prójimo cualquier cosa, no entres en su casa para recuperar lo prestado;
- 11
- espera fuera y deja que él mismo te lo traiga.
- 12
- Si se trata de una persona pobre que ha depositado su manto en prenda, no te quedes con la prenda durante la noche;
- 13
- devuélvele el manto antes de la puesta del sol, para que se cubra con él durante la noche.
Él estará agradecido contigo y el Señor tu Dios tendrá en cuenta esta buena acción.
- 14
- No explotarás al jornalero pobre y necesitado, bien se trate de un hermano tuyo israelita o bien de un inmigrante que reside en tu tierra, en tus ciudades.
- 15
- Le pagarás su jornal cada día, antes de la puesta del sol, porque él es pobre y su vida depende de ese jornal.
Así no clamará al Señor contra ti y tú no te harás responsable de pecado.
- 16
- Los padres no morirán por culpa de los hijos ni los hijos por culpa de los padres.
Cada cual morirá por su propio pecado.
- 17
- No le niegues sus derechos al inmigrante o al huérfano, ni tomes en prenda las ropas de la viuda.
- 18
- Recuerda que fuiste esclavo en Egipto, y que el Señor tu Dios te sacó de allí;
por eso te ordeno que obres de este modo.
- 19
- Cuando siegues la mies de tu campo, si olvidas en él una gavilla, no vuelvas a buscarla.
Déjala para el inmigrante, el huérfano y la viuda. Así el Señor tu Dios te bendecirá en todo lo que hagas.
- 20
- Cuando varees tus olivos, no rebusques en las ramas;
lo que quede, déjaselo para el inmigrante, el huérfano y la viuda.
- 21
- Cuando vendimies tu viñedo, no te dediques al rebusco;
los racimos que queden déjaselos para el inmigrante, el huérfano y la viuda.
- 22
- Recuerda que fuiste esclavo en Egipto;
por eso te ordeno que obres de este modo.
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