- Alimentos puros e impuros
- 1
- »Eres hijo del Señor tu Dios.
No te hagas cortes en la piel ni te rapes la cabeza en honor de un muerto,
- 2
- porque eres pueblo consagrado al Señor tu Dios.
Él te eligió de entre todos los pueblos de la tierra, para que fueras su posesión exclusiva.
- 3
- »No comas ningún animal abominable.
- 4
- Los que podrás comer son los siguientes: el buey, la oveja, la cabra,
- 5
- el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés.
- 6
- Podrás comer cualquier animal rumiante que tenga la pezuña hendida y partida en dos;
- 7
- pero no podrás comer camello, liebre ni tejón porque, aunque rumian, no tienen la pezuña hendida.
Los tendrás por animales *impuros.
- 8
- »El cerdo es también impuro porque, aunque tiene la pezuña hendida, no rumia.
No podrás comer su carne ni tocar su cadáver.
- 9
- »De todos los animales que viven en el agua podrás comer los que tienen aletas y escamas,
- 10
- pero no podrás comer los que no tienen aletas ni escamas, sino que los tendrás por animales impuros.
- 11
- »Podrás comer cualquier ave que sea pura,
- 12
- pero no podrás comer águila, quebrantahuesos, azor,
- 13
- gallinazo, ni especie alguna de milanos ni de halcones,
- 14
- ni especie alguna de cuervos,
- 15
- ni avestruz, lechuza o gaviota, ni especie alguna de gavilanes,
- 16
- ni búho, ibis, cisne,
- 17
- pelícano, buitre, cuervo marino
- 18
- o cigüeña, ni especie alguna de garzas, ni abubilla ni murciélago.
- 19
- »A los insectos voladores los tendrás por impuros, así que no los comas.
- 20
- Pero sí podrás comer cualquier animal alado que sea puro.
- 21
- »No comas nada que encuentres ya muerto.
Podrás dárselo al extranjero que viva en cualquiera de tus ciudades; él sí podrá comérselo, o vendérselo a un forastero. Pero tú eres un pueblo consagrado al Señor tu Dios. »No cocines el cabrito en la leche de su madre.
Los diezmos
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- »Cada año, sin falta, apartarás la décima parte de todo lo que produzcan tus campos.
- 23
- En la presencia del Señor tu Dios comerás la décima parte de tu trigo, tu vino y tu aceite, y de los primogénitos de tus manadas y rebaños;
lo harás en el lugar donde él decida habitar. Así aprenderás a temer siempre al Señor tu Dios.
- 24
- Pero si el Señor tu Dios te ha bendecido y el lugar donde ha decidido habitar está demasiado distante, de modo que no puedes transportar tu diezmo hasta allá,
- 25
- entonces lo venderás y te presentarás con el dinero en el lugar que el Señor tu Dios haya elegido.
- 26
- Con ese dinero podrás comprar lo que prefieras o más te guste: ganado, ovejas, vino u otra bebida fermentada, y allí, en presencia del Señor tu Dios, tú y tu familia comerán y se regocijarán.
- 27
- Pero toma en cuenta a los levitas que vivan en tus ciudades.
Recuerda que, a diferencia de ti, ellos no tienen patrimonio alguno.
- 28
- »Cada tres años reunirás los diezmos de todos tus productos de ese año, y los almacenarás en tus ciudades.
- 29
- Así los levitas que no tienen patrimonio alguno, y los extranjeros, los huérfanos y las viudas que viven en tus ciudades podrán comer y quedar satisfechos.
Entonces el Señor tu Dios bendecirá todo el trabajo de tus manos.
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